Articulo 14 para una Soci... de Género

Articulo 14 para una Sociedad Libre de Violencia de Género

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Artículo 14. Movimiento asociativo y organizaciones de mujeres.

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La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha promocionará e impulsará la participación de las asociaciones de mujeres y organizaciones feministas en el diseño y difusión de los planes estratégicos para la erradicación de la violencia de género, de las campañas de sensibilización e información, así como de las actividades que desarrollen con las propias víctimas.

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  • Texto Original. Publicado el 15-10-2018 en vigor desde 15-11-2018