Articulo 14 Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
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»Artículo 14. Discapacidades.
Vigente
(DEROGADO)
Modificaciones
- Artículo modificado por Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad.
(DOE de 01-08-2017) en vigor desde 01-10-2017