Articulo 14 Reglamento de...rdia Civil

Articulo 14 Reglamento de evaluaciones y ascensos de la Guardia Civil

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Artículo 14. Secretaría permanente para la evaluación y clasificación.

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Los órganos de evaluación serán apoyados en su labor específica por la Secretaría permanente para la evaluación y clasificación (SEPEC), dependiente del Mando de Personal de la Guardia Civil, de acuerdo con las funciones que le sean asignadas.