Articulo 14 Reglamento de evaluaciones y ascensos de la Guardia Civil
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»Artículo 14. Secretaría permanente para la evaluación y clasificación.
Vigente
Los órganos de evaluación serán apoyados en su labor específica por la Secretaría permanente para la evaluación y clasificación (SEPEC), dependiente del Mando de Personal de la Guardia Civil, de acuerdo con las funciones que le sean asignadas.
Modificaciones
- Artículo modificado por Real Decreto 802/2022, de 4 de octubre, por el que se modifican el Reglamento de evaluaciones y ascensos del personal de la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto 512/2017, de 22 de mayo, y el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo.
(BOE de 05-10-2022) en vigor desde 06-10-2022