Articulo 14 Protección Ciudadana
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»Artículo 14. Ejercicios y simulacros.
Vigente
La Administración de la Comunidad impulsará y, en su caso, determinará la realización periódica de los ejercicios y simulacros necesarios para el mantenimiento y la aplicación de las medidas integrantes del sistema de protección ciudadana, de forma que se garantice la eficacia de los sistemas de protección.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-04-2007 en vigor desde 01-05-2007