Articulo 14 Procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema
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»Artículo 14º.-Plazo para resolver el procedimiento de reconocimiento del grado y nivel de dependencia.
Vigente
El procedimiento para el reconocimiento del grado y nivel de dependencia se resolverá en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para la instrucción y resolución del expediente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 19-02-2010 en vigor desde 20-02-2010