Articulo 14 Presupuestos ...de Euskadi

Articulo 14 Presupuestos Generales para 2022 de Euskadi

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Artículo 14.- Régimen de transferencias de créditos. Otras modificaciones

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1.- Durante el ejercicio 2022, el régimen de transferencias de créditos de los presupuestos generales de la Administración general de la Comunidad Autónoma, de sus organismos autónomos administrativos y de los consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi se regirá por el contenido del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario de Euskadi, aprobado por Decreto Legislativo 1/2011, de 24 de mayo, sin perjuicio de las particularidades que se indican en los artículos siguientes.

2.- No obstante lo dispuesto en los artículos 86 a 90 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario de Euskadi, aprobado por Decreto Legislativo 1/2011, de 24 de mayo, y siempre que sea financieramente posible, el Departamento de Economía y Hacienda, a propuesta del departamento solicitante, podrá incorporar al presupuesto de la Comunidad Autónoma los remanentes correspondientes al ejercicio 2021 de los créditos relativos a:

- Subvenciones a empresas para la protección del medio ambiente-programa 4421.

- Programa de ayudas a la investigación desarrollo e innovación (I+D+i)-programa 5411.

- Programa de ayudas Erein-programa 7111.

- Programa de ayudas Leader-programa 7111.

- Programa de ayudas Lehiatu Berria-programa 7113.

3.- A los efectos del requisito temporal previsto en el artículo 90.1 del referido texto refundido, los créditos incorporados de acuerdo con lo previsto en el párrafo anterior deberán realizarse en un período máximo de dos ejercicios adicionales.