Articulo 14 Ordenación de...de Euskadi

Articulo 14 Ordenación del Territorio de Euskadi

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Artículo 14.

Vigente

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Las modificaciones de los Planes Territoriales Parciales se atendrán a lo dispuesto en el artículo 10 apartado 10 de esta Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-07-1990 en vigor desde 04-07-1990