Articulo 14 Normas sobre ...cia humana

Articulo 14 Normas sobre medidas higiénico-sanitarias en perros y gatos de convivencia humana

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Artículo 14.

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Los correspondientes servicios de los Departamentos competentes podrán exigir la documentación precisa para la entrada de perros, gatos u otros animales domésticos en nuestro país, pudiendo ser sometidos, en caso necesario, a medidas de cuarentena.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-07-1976 en vigor desde 03-08-1976