Articulo 14 Nivel mínimo ... marítimas

Articulo 14 Nivel mínimo de formación en las profesiones marítimas

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 14. Uso de simuladores

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Habrá que satisfacer las normas de rendimiento y otras disposiciones que figuran en la sección A-I/12 del Código STCW, así como los requisitos especificados en la parte A de dicho Código para el título de que se trate, en cuanto a:

a) toda formación obligatoria con simuladores;

b) cualquier evaluación de la competencia que la parte A del Código STCW exija y que deba llevarse a cabo con un simulador, y

c) cualquier demostración de suficiencia con carácter continuo y en simulador que exija la parte A del Código STCW.