Articulo 14 Modificación 2015 de diversos impuestos y otras medidas tributarias
Articulo 14 Modificación ...ributarias

Articulo 14 Modificación 2015 de diversos impuestos y otras medidas tributarias

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Artículo decimocuarto.-Ley Foral de Infraestructuras Agrícolas.

Vigente

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Se adiciona una disposición adicional tercera a la Ley Foral 1/2002, de 7 de marzo, de Infraestructuras Agrícolas.

D.A. 3ª.-Informe del Servicio de Riqueza Territorial en las actuaciones de concentración parcelaria.

Para la aprobación definitiva de todos aquellos procedimientos que tengan por objeto alguna de las operaciones previstas en el artículo 9.b) de la Ley Hipotecaria relacionadas con actuaciones en materia de infraestructuras agrícolas, deberá contarse con el informe preceptivo y vinculante, relativo al perímetro del ámbito geográfico de actuación, del Servicio de la Hacienda Tributaria de Navarra que tenga atribuida la función de conservación del Registro de la Riqueza Territorial.

El citado informe será solicitado al mencionado Servicio por la entidad promotora del proyecto, a cuyos efectos adjuntará en soporte digital el perímetro de la finca o conjunto de fincas objeto de reordenación. La información del perímetro deberá cumplir con los requisitos técnicos que permitan su incorporación al Registro de la Riqueza Territorial una vez aprobado el correspondiente proyecto.

El informe emitido por el referido Servicio se limitará a constatar que el perímetro del área geográfica de actuación coincide plenamente con su correspondiente perímetro de la cartografía catastral, y deberá formar parte de la documentación presentada por el promotor ante el órgano al que corresponda la aprobación del proyecto de reordenación de los terrenos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2015 en vigor desde 31-12-2015