Articulo 14 Memoria democrática y para la convivencia
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»Artículo 14. Disposición de acciones procesales
Vigente
La conselleria competente en materia de memoria democrática podrá autorizar a la Abogacía General de la Generalitat la iniciación de procesos o su personación en los ya existentes, de conformidad con la Ley de asistencia jurídica de la Generalitat, para el ejercicio de las correspondientes acciones procesales frente a los órganos jurisdiccionales, por la existencia de indicios de comisión de delitos en esta materia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-11-2017 en vigor desde 13-12-2017