Articulo 14 Medidas urgentes en respuesta a las consecuencias de la guerra en Ucrania
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»Artículo 14. Exención de autorización previa en materia de contratos.
Vigente
Los contratos que se vayan a financiar con fondos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia quedan excepcionados del requisito de la autorización para contratar prevista en el apartado 1.a de la disposición adicional novena de la Ley Foral 2/20218, de 13 de abril, de Contratos Públicos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 22-04-2022 en vigor desde 22-04-2022