Articulo 14 Medidas tributarias, administrativas y financieras
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Artículo 14. Tasa por prestación de servicios administrativos.

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Se modifica el apartado de exenciones y bonificaciones de la tasa por prestación de servicios administrativos del Anexo TASAS COMUNES A TODAS LAS CONSEJERÍAS, de la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, sobre Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, añadiendo al epígrafe 1 (En la expedición de certificados) un nuevo epígrafe (1.3.) que tendrá la siguiente redacción.

"1.3. Estará exenta del pago de la tasa por expedición de certificados de ingresos la primera petición que se formule en relación con una misma carta de pago por el mismo interesado".

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-02-2015 en vigor desde 12-02-2015