Articulo 14 Medidas Tributarias y Administrativas 2012 CLeón
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Articulo 14 Medidas Tributarias y Administrativas 2012 C.León

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Artículo 14. Modificación de los artículos 92 y 93 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad.

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1. Se modifica el artículo 92 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla y León, que queda redactado en los siguientes términos.

«Artículo 92. Cuotas.

1. Por la expedición o el reconocimiento de las licencias anuales de caza:

- Clase A.- Para cazar con armas de fuego o cualquier otro procedimiento que no requiera autorización específica: 42,00 euros.

- Clase B.- Reducida: únicamente para practicar la caza con galgo: 13,50 euros.

- Clase C.-Para conducir una rehala con fines de caza: 266,00 euros.

2. Matrículas de cotos privados de caza y cotos federativos:

La cuota anual de matriculación se calculará en función del número de hectáreas de terreno acotado y del grupo correspondiente en relación con el tipo de aprovechamiento:

- Grupo I (Cotos que tiene autorizada la caza intensiva fuera del período hábil): 0,90 euros/hectárea.

- Grupo II (Resto): 0,40 euros/hectárea.

3. Examen del cazador:

- Derechos de examen (válido para dos convocatorias): 55,00 euros.

- Certificados de aptitud: 11,00 euros.

4. Especialista en control de predadores:

- Derechos de examen (válido para dos convocatorias): 110,00 euros.

- Certificados de aptitud: 11,00 euros.

5. Autorizaciones y permisos especiales en materia de caza:

- a) Constitución o renovación de zonas de adiestramiento de perros y prácticas de cetrería: 75,00 euros.

- b) Tramitación de autorización de traslado y suelta de piezas de caza viva: 28,00 euros.

- c) Tramitación de declaración de zonas de seguridad: 110,00 euros.

- d) Tramitación de autorizaciones de caza en zonas de seguridad: 110,00 euros.

- e) Tramitación de autorización de tenencia de piezas de caza menor en cautividad: 11,00 euros.

- f) Tramitación de autorización de tenencia de piezas de caza mayor en cautividad: 55,00 euros.

- g) Tramitación de autorización de tenencia de hurones: 28,00 euros.

6. Cotos privados y federativos de caza:

- a) Tramitación de expedientes de constitución o de adaptación de coto de caza: 220,00 euros.

- b) Tramitación de expedientes de ampliación, de segregación, de cambio de titularidad y de prórroga de coto de caza: 110,00 euros.

7. Granjas cinegéticas:

- a) Tramitación de expedientes de autorización o renovación: 325,00 euros.

- b) Modificación sustancial de las instalaciones o de los objetos de producción: 165,00 euros.

- c) Inspección de funcionamiento: 110,00 euros.

- d) Tramitación de expediente de cambio de titularidad: 55,00 euros.

8. Cotos industriales (tramitación de expediente de autorización o renovación): 220,00 euros.

9. Cotos intensivos (tramitación de expediente de autorización o renovación): 220,00 euros.

10. Palomares industriales (tramitación de expediente de autorización o renovación): 28,00 euros.»

2. Se modifica el apartado 1 del artículo 93 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla y León, que queda redactado en los siguientes términos:

«1. Estarán exentos del pago de la cuota correspondiente a la licencia de caza de las Clases A y B:

- a) Los residentes en Castilla y León, mayores de 65 años, y los mayores de 60 años beneficiarios del sistema público de pensiones.

- Esta exención será de aplicación cuando la base imponible total, menos el mínimo personal y familiar, del sujeto pasivo de la tasa no supere 18.900 euros en tributación individual o 31.500 en tributación conjunta.

- b) Los menores de 65 años que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

- c) Los Agentes Forestales, Celadores de Medio Ambiente y los Agentes Medioambientales y Peones Especializados de Montes de la Junta de Castilla y León, en el ejercicio de sus cometidos en materia de caza.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-12-2012 en vigor desde 01-01-2013