Articulo 14 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2004 de la Generalitat
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»Artículo 14.
Vigente
Se añade un nuevo artículo 154 bis a la Ley 12/1997, de 23 de diciembre, de Tasas de la Generalitat Valenciana, con el siguiente tenor:
«Artículo 154 bis. Exenciones y bonificaciones.
Los miembros de familias numerosas gozarán de los siguientes beneficios fiscales:
1. Exención total del pago de la tasa regulada en este capítulo, los de familias numerosas de categoría especial.
2. Bonificación del 50 por 100 de la cuota correspondiente por la tasa regulada en este capítulo, los de familias numerosas de categoría general.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-12-2004 en vigor desde 01-01-2005