Articulo 14 Medidas Fiscales y Administrativas 2006 de Madrid
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Artículo 14. Modificación parcial de la Ley 15/2000, de 21 de diciembre, de Creación de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid.

Vigente

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Se modifica el apartado 1 del artículo 6 de la Ley 15/2000, de 21 de diciembre, de Creación de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid, que queda redactado en los siguientes términos:

1. El Consejo de Administración de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid estará constituido de la siguiente forma:

a) Presidente: El Consejero competente en materia de protección ciudadana.

b) Vicepresidente: El Viceconsejero con competencias de coordinación en materia de protección ciudadana.

c) Cinco vocales en representación de la Comunidad de Madrid.

d) Dos vocales en representación de la Federación de Municipios de Madrid.

e) Dos vocales en representación del Ayuntamiento de Madrid.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-2006 en vigor desde 01-01-2007