Articulo 14 Medidas Fiscales y Administrativas 2004 de Madrid
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»Artículo 14. Modificación parcial de la Ley 13/1984, de 30 de junio, de Creación, Organización y Control Parlamentario del Ente Público Radio Televisión Madrid.
Vigente
Se modifica la letra d del artículo 9 de la Ley 13/1984, de 30 de junio, de Creación, Organización y Control Parlamentario del Ente Público Radio Televisión Madrid, que queda redactada en los siguientes términos:
Actuar como órgano de contratación de Radio Televisión Madrid y de sus sociedades, sin perjuicio de la facultad de delegación, dando cuenta de todo ello al Consejo de Administración y con su autorización en aquellos contratos que excedan de 600.000 euros.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2004 en vigor desde 01-01-2005