Articulo 14 establece el ...as minimas

Articulo 14 establece el titulo de Tecnico Superior en Agencias de Viajes y Gestion de Eventos y se fijan sus enseñanzas minimas

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Artículo 14. Acceso y vinculación a otros estudios.

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1. El título de Técnico Superior en Agencias de Viajes y Gestión de Eventos permite el acceso directo para cursar cualquier otro ciclo formativo de grado superior, en las condiciones de admisión que se establezcan.

2. El título de Técnico Superior en Agencias de Viajes y Gestión de Eventos permite el acceso directo a las enseñanzas conducentes a los títulos universitarios de grado en las condiciones de admisión que se establezcan.

3. El Gobierno, oído el Consejo de Universidades, regulará, en norma específica, el reconocimiento de créditos entre los títulos de técnico superior de la formación profesional y las enseñanzas universitarias de grado. A efectos de facilitar el régimen de convalidaciones, se han asignado 120 créditos ECTS en las enseñanzas mínimas establecidas en este real decreto entre los módulos profesionales de este ciclo formativo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 05-09-2009 en vigor desde 06-09-2009