Articulo 14 Derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 14. Supervisión de los libros de texto y otro material educativo.
Vigente
El departamento de la Administración de la Generalidad competente en materia educativa debe supervisar los libros de texto y otros materiales curriculares, como parte del proceso ordinario de inspección que ejerce la administración educativa sobre todos los elementos que integran el proceso de enseñanza y aprendizaje, para garantizar contenidos de acuerdo con el principio de la coeducación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-05-2008 en vigor desde 09-05-2008