Articulo 14 Deporte de Madrid
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Artículo 14. Coordinación con la Administración del Estado.

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1. La Comunidad de Madrid coordinará su actuación en el ámbito del deporte de alto nivel con la Administración Deportiva del Estado.

2. La colaboración con la Administración del Estado en esta materia tenderá a establecer programas de preparación conjuntos, a facilitar la integración de los deportistas de alto nivel y a coordinar la asignación de beneficios y ayudas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-01-1995 en vigor desde 12-01-1995