Articulo 14 Condiciones de dimensionamiento, de higiene y de instalaciones para ...las de habitabilidad
Articulo 14 Condiciones de dimensionamiento, de higiene y de instalaciones para el diseño y la habitabilidad de viviendas así como la expedición de cedulas de habitabilidad
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 14. Revisión de oficio.
Vigente
Para dejar sin efectos la concesión de la cédula de habitabilidad se seguirá el procedimiento establecido para la revisión de oficio en los artículos 102 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 06-12-1997 en vigor desde 06-02-1998