Articulo 14 Administración digital

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Artículo 14. Capacitación digital.

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1. La Xunta de Galicia deberá desarrollar un modelo de acreditación oficial de los conocimientos, capacidades y aptitudes en el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación que posibilite el reconocimiento de las competencias digitales de los ciudadanos y ciudadanas.

2. La Administración general y las entidades instrumentales del sector público autonómico de Galicia promoverán, en su ámbito competencial, actuaciones para fomentar la capacitación digital de la ciudadanía, como medida para hacer efectivo el principio de igualdad frente a la administración digital, así como para facilitar la participación ciudadana en los procedimientos del sector público autonómico y, en último término, aprovechar el impulso de las tecnologías digitales para el desarrollo de la economía gallega.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-07-2019 en vigor desde 15-08-2019