Articulo 139 Tasas y Precios Públicos y otras medidas tributarias
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»Artículo 139. Hecho imponible.
Vigente
Constituye el hecho imponible de la tasa la tramitación por los órganos administrativos competentes, de la modificación sustancial de una autorización ambiental integrada.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 01-12-2012 en vigor desde 02-12-2012