Articulo 139 Educación de I Balears

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Artículo 139. Educación inclusiva como principio fundamental

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1. La educación inclusiva es un principio fundamental de la política educativa de la administración autonómica al objeto de dar respuesta a la diversidad educativa y social existente.

2. La escuela inclusiva es la que garantiza que todos los niños y jóvenes tienen acceso a la educación en igualdad de oportunidades, de forma justa y equitativa.

3. Todos los centros y servicios educativos de las Illes Balears promoverán la inclusión del alumnado. Se garantizará que todas las actividades programadas, ya sean dentro o fuera del horario escolar, sean inclusivas.

4. El principio de inclusión educativa es transversal en todos los niveles y servicios educativos.

5. La educación inclusiva tiene presentes todas las expresiones de la diversidad en las aulas y de la diversidad existente en la sociedad, así como la valoración que se hace en sus diferentes manifestaciones.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-03-2022 en vigor desde 18-03-2022