Articulo 139 Educación de I. Balears
Artículo 139. Educación inclusiva como principio fundamental
1. La educación inclusiva es un principio fundamental de la política educativa de la administración autonómica al objeto de dar respuesta a la diversidad educativa y social existente.
2. La escuela inclusiva es la que garantiza que todos los niños y jóvenes tienen acceso a la educación en igualdad de oportunidades, de forma justa y equitativa.
3. Todos los centros y servicios educativos de las Illes Balears promoverán la inclusión del alumnado. Se garantizará que todas las actividades programadas, ya sean dentro o fuera del horario escolar, sean inclusivas.
4. El principio de inclusión educativa es transversal en todos los niveles y servicios educativos.
5. La educación inclusiva tiene presentes todas las expresiones de la diversidad en las aulas y de la diversidad existente en la sociedad, así como la valoración que se hace en sus diferentes manifestaciones.
- Texto Original. Publicado el 17-03-2022 en vigor desde 18-03-2022