Articulo 138 Reglamento m...as locales

Articulo 138 Reglamento marco de coordinación de las policías locales

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Artículo 138. Procedimiento ordinario

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1. El acuerdo de iniciación lo adopta la persona titular de la Dirección General de Emergencias e Interior competente en materia de coordinación de policías locales.

2. En el acuerdo de iniciación debe nombrarse a una persona instructora y un secretario o una secretaria. En el plazo de 10 días debe estudiarse el expediente, y, en su caso, requerir a la institución u órgano proponente para que, en un plazo no superior a quince días, remita los documentos, informes y declaraciones de testigos presenciales que se consideran necesarios para aclarar los hechos y valorarlos mejor.

3. La persona instructora puede ampliar el plazo de quince días hasta un máximo de treinta para la práctica de alguna prueba que considere relevante para la aclaración de los hechos, con la solicitud previa de la persona proponente, que debe contener los motivos en los que basa la importancia de la prueba o pruebas propuestas y los fundamentos que justifican la ampliación del plazo.

4. Las pruebas practicadas y los informes aportados deben unirse al expediente, y la persona instructora debe dictar la propuesta de resolución en el plazo de 10 días. Esta propuesta debe contener la relación detallada de los hechos, su calificación y la correspondiente distinción o condecoración.

5. La propuesta debe elevarse a la persona titular de la consejería competente en materia de policía local, que debe resolver y notificar en el plazo máximo de cuatro meses desde la solicitud de inicio.

6. En caso de que se tenga conocimiento de la existencia de un procedimiento penal en curso o pendiente de sentencia sujeta por un delito doloso relacionado con el servicio o que cause grave perjuicio a la administración o a las personas, debe suspenderse el procedimiento hasta que no haya resolución o sentencia firme. Una vez resuelta la causa que motivó esta suspensión se reanudará el procedimiento de concesión o se archivará teniendo en consideración la resolución penal.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-05-2019 en vigor desde 26-05-2019