Articulo 138 Carta Municipal de Barcelona
Articulo 138 Carta Munici... Barcelona

Articulo 138 Carta Municipal de Barcelona

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 138.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. La planificación y control de la protección civil son ejercidos por la Comisión de Protección Civil Municipal.

2. La actuación en materia de protección civil se estructura de acuerdo con el reparto de funciones de la organización municipal.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-01-1999 en vigor desde 28-01-1999