Articulo 137 Actividad Física y Deporte de Murcia
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»Artículo 137. Órganos y plazos.
Vigente
Contra las resoluciones dictadas por los órganos disciplinarios que agotan la vía federativa, escolar o universitaria podrá interponerse recurso ante el Comité de Justicia Deportiva de la Región de Murcia en el plazo de quince días.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-03-2015 en vigor desde 18-04-2015