Articulo 136 Reglamento marco de coordinación de las policías locales
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»Artículo 136. Condecoración honorífica
Vigente
Se crea esta distinción, que se concede de manera discrecional a personas y entidades ajenas a los cuerpos de policía local como reconocimiento a su dedicación y entrega en beneficio de los objetivos de las policías locales de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-05-2019 en vigor desde 26-05-2019