Articulo 136 biodiversidad y patrimonio natural
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»Artículo 136. Participación de entidades locales.
Vigente
Las entidades locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja deberán participar, colaborar y cooperar en la vigilancia, identificación, control y erradicación de las especies exóticas invasoras presentes en sus respectivos términos municipales.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-02-2023 en vigor desde 28-02-2023