Articulo 135 TR. de la NF. 5/2006, General Presupuestaria
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»Artículo 135. Modalidades de control.
Vigente
Sobre la actividad económica y financiera del sector público foral se ejercerán las siguientes modalidades de control:
a) Fiscalización.
b) El control contable.
c) El control económico.
d) Auditoría.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-12-2013 en vigor desde 14-12-2013