Articulo 135 Medidas Fiscales y Administrativas 2013 de Aragón
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»Artículo 135. - Sujetos pasivos.
Vigente
1. Son sujetos pasivos las personas y entidades a las que se refiere el artículo 13 de la Ley 5/2006, de 22 de junio, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, que soliciten o a cuyo favor se presten los servicios que constituyen el hecho imponible.
2. En todo caso, serán responsables de las deudas tributarias los titulares de explotaciones de producción, industrias elaboradoras y empresas importadoras de países terceros que se encuentren inscritos en los correspondientes registros del Comité Aragonés de Agricultura Ecológica.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-01-2014 en vigor desde 26-01-2014