Articulo 134 Tasas y precios públicos de Andalucía
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»Artículo 134. Hecho imponible.
Vigente
Constituye el hecho imponible de la tasa la expedición de copias autenticadas o certificaciones de documentos depositados en los registros públicos de la Junta de Andalucía previstos en la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, o norma que la sustituya.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2021 en vigor desde 01-01-2022