Articulo 134 normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión
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»Artículo 134. Bonificaciones de tipos de interés y subvenciones de comisiones de garantías
Vigente
1. Las bonificaciones de tipos interés y las subvenciones de comisiones de garantías se concederán con arreglo al título X cuando estén combinadas en una única medida con instrumentos financieros.
2. Las bonificaciones de tipos interés y las subvenciones de comisiones de garantías que no estén combinadas en una única medida con instrumentos financieros podrán concederse de conformidad con el título VI u VIII.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-07-2018 en vigor desde 02-08-2018