Articulo 1334 Medidas tri...008 Aragón

Articulo 1334 Medidas tributarias 2008 Aragón

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Artículo 133-4.-Aplicación de beneficios fiscales.

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En el impuesto sobre sucesiones y donaciones, la opción por la aplicación del régimen de reducciones estatal o el propio de la Comunidad Autónoma de Aragón deberá ejercerse, expresamente, en el período voluntario de declaración o autoliquidacióndel impuesto. No obstante, cuando su aplicación no dependa del cumplimiento por el contribuyente de cualquier requisito en un momento posterior al de devengo del impuesto y no se hubiera ejercitado la opción en dicho plazo, la reducción que hubierade practicarse será, conforme al artículo 20 de la Ley del impuesto, la regulada por el Estado.