Articulo 133 TR de la ley...s públicas

Articulo 133 TR. de la ley de contratos de las administraciones públicas

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Artículo 133. Criterios de selección.  

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(DEROGADO)

Para seleccionar al contratista y concesionario el órgano de contratación valorará, conjuntamente, la oferta relacionada con la construcción y mantenimiento de la obra, o sobre su proyecto, ejecución y mantenimiento, o sólo sobre su mantenimiento, así como las obras o actuaciones que el licitador se proponga realizar sobre el dominio público y el régimen de explotación que prevea para éste.
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