Articulo 133 Reglamento m...as locales

Articulo 133 Reglamento marco de coordinación de las policías locales

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 133. Diploma de Jubilación

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se crea el Diploma de Jubilación como reconocimiento a los miembros de los cuerpos de policía local por la dedicación de una vida al servicio de la ciudadanía y su misión de defensa promoción y protección de los derechos y libertades públicas.

Este Diploma se entrega a todos los miembros de la policía local, sea cuál sea su categoría en el momento de la jubilación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-05-2019 en vigor desde 26-05-2019