Articulo 133 Patrimonio de C. León
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»Artículo 133. Enajenación de otros títulos.
Vigente
El régimen establecido en los artículos precedentes se aplicará, asimismo, a la enajenación de obligaciones, bonos, cuotas u otros títulos análogos representativos de la participación de la Comunidad en las empresas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-10-2006 en vigor desde 19-11-2006