Articulo 133 General de Comunicación Audiovisual
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»Artículo 133. Espacios promocionales de apoyo a la cultura europea.
Vigente
1. Se considera espacio promocional de apoyo a la cultura europea la información audiovisual sobre obras audiovisuales en cuya financiación haya participado el prestador del servicio de comunicación audiovisual para dar cumplimiento a la obligación de financiación anticipada de producción de obra audiovisual establecida en el capítulo III del título VI.
2. Los espacios promocionales de apoyo a la cultura europea estarán separados gráfica y acústicamente de los bloques publicitarios y en ellos deberán aparecer necesariamente las palabras «cultura europea».