Articulo 132 Suelo de Madrid

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Artículo 132. Gestión.

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Los Programas de Rehabilitación Concertada se formalizarán y regularán en la forma establecida por la legislación sobre Rehabilitación de Espacios Urbanos.

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  • Texto Original. Publicado el 27-07-2001 en vigor desde 27-08-2001