Articulo 132 Reglamento G...ey de Caza

Articulo 132 Reglamento General de aplicación de la Ley de Caza

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Artículo 132. Pruebas de acceso a la acreditación como vigilante de caza.

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1. La Dirección General convocará exámenes teórico-prácticos en los que las personas candidatas serán examinados por personal de la Administración. Las pruebas de conocimientos específicos, se llevarán a cabo en los órganos provinciales, y versarán sobre el programa de materias incluidas en la página web institucional de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y consistirán en una parte teórica y otra práctica. Las materias objeto de examen se incluirán en las convocatorias de las pruebas.

2. Parte teórica. Consistirá en contestar un cuestionario tipo test de treinta preguntas, con tres respuestas alternativas posibles, de las que solo una será la correcta, exigiéndose para su superación el acierto, al menos, de veinte de ellas. La duración de esta parte teórica será de una hora.

3. Parte práctica. Consistirá en identificar mediante la exhibición de fotos, diapositivas, vídeos o ejemplares naturalizados o vivos, diez especies cinegéticas, una de las especies exóticas objeto de control de poblaciones, y cinco especies afectadas por alguna medida de conservación, colocación de tres trampas distintas utilizadas en métodos de control de depredadores homologados en Castilla-La Mancha, y una demostración sobre manipulación y sacrificio de animales capturados, exigiéndose para su superación el acierto, al menos, de catorce de ellas.

4. Anualmente, mediante Resolución de la Dirección General competente en materia cinegética, se publicará la correspondiente convocatoria para la realización de las pruebas, en la que se indicará el lugar y fecha de realización, plazo de presentación de solicitudes y personas que formarán parte del órgano de calificación.

5. La Consejería podrá realizar convenios con entidades colaboradoras para la impartición de cursos de formación para vigilantes de caza que lleven asociada una prueba final de superación del curso y que será reconocida como la prueba de aptitud necesaria para la obtención del carnet de vigilante de caza.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-03-2022 en vigor desde 03-03-2022