Articulo 132 Régimen específico de tasas

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Artículo 132. Cuantía y bonificaciones.

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Conceptos:

A.1 Licencia anual para cazar con armas de fuego y cualquier otro procedimiento autorizado para ciudadanos de estados miembros de la Unión Europea, así como para residentes de estados no miembros de la Unión Europea: 12,08 euros.

A.2 Licencia para cazar en los mismos términos definidos para la clase A.1 cuando los solicitantes del permiso sean menores de 18 años: 6,55 euros.

A.3 Licencia temporal para cazar durante dos meses con armas de fuego o cualquier otro procedimiento autorizado para cazadores de estados no miembros de la Unión Europea y no residentes: 90,27 euros.

A.4 Prórroga de la licencia A.3 para dos meses: 45,14 euros.

B.1 Licencia anual para cazar mediante cualquier procedimiento autorizado, excepto armas de fuego, para ciudadanos de estados miembros de la Unión Europea, así como para residentes de estados no miembros de la Unión Europea: 6,55 euros.

B.2 Licencia para cazar, en los mismos términos definidos para la clase B.1 cuando los cazadores sean menores de 18 años: 3,30 euros.

B.3 Licencia para cazar durante dos meses mediante cualquier procedimiento autorizado, excepto armas de fuego, para cazadores de estados no miembros de la Unión Europea y no residentes: 45,14 euros.

B.4 Prórroga de la licencia B.3 para dos meses: 22,54 euros.

C.1 Licencia anual especial para cazar mediante cetrería: 21,34 euros.

C.2 Licencia anual especial para cazar con reclamo de perdiz macho: 12,04 euros.

C.3 Licencia anual especial para huronear: 22,54 euros.

C.4 Licencia anual especial para poseer una jauría con finalidad de cazar: 210,00 euros.

Recargos por caza mayor:

Recargo de la licencia A.1: 6,55 euros.

Recargo de la licencia A.2: 3,30 euros.

Recargo de la licencia A.3: 45,00 euros.

Recargo de la licencia A.4: 22,50 euros.

Recargo de la licencia B.1: 3,12 euros.

Recargo de la licencia B.2: 1,56 euros.

Recargo de la licencia B.3: 21,00 euros.

Recargo de la licencia B.4: 10,50 euros.

Bonificaciones.

Se aplicará una bonificación del 50% de la tasa correspondiente a la licencia de caza a los solicitantes que acrediten la condición de miembros de la Federación Balear de Caza.

Modificaciones