Articulo 131 Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
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»Artículo 131.
Vigente
(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (131 (se deroga)) por LEY 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias.
(BOC de 14-04-2015) en vigor desde 14-06-2015 - Artículo modificado por Sala Primera. Sentencia 159/2012, de 17 de septiembre de 2012. Cuestión de inconstitucionalidad 2331-2012. Planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Santa Cruz de Tenerife respecto del artículo 131.2 de la Ley del Parlamento de Canarias 14/1990, de 26 de julio, de régimen jurídico de las Administraciones públicas de Canarias. Competencias sobre régimen local: nulidad del precepto legal autonómico que contradice el régimen de mayorías establecido por la legislación básica estatal para la adopción de acuerdos municipales (STC 66/2011).
(BOE de 17-10-2012) en vigor desde 17-10-2012