Articulo 131 Ordenación d... y Paisaje

Articulo 131 Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje

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Artículo 131. Régimen jurídico de los programas de actuación integrada

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La ejecución y efectos de los programas de actuación integrada se regirán por las previsiones del propio programa, por las bases de programación, por lo establecido en la presente ley y las normas que la desarrollan y, en lo no previsto en ellas, por lo dispuesto en la legislación sobre contratos del sector público.