Articulo 131 Hacienda pública

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Artículo 131. Control de subvenciones y ayudas.

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La Intervención General de la Comunidad Autónoma de La Rioja ejercerá el control sobre entidades colaboradoras y beneficiarios de subvenciones, ayudas y avales concedidos por los sujetos del sector público y de las financiadas con cargo a fondos comunitarios de acuerdo a lo establecido en esta ley, en la normativa básica en materia de subvenciones y en la normativa comunitaria.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-10-2013 en vigor desde 01-01-2014