Articulo 131 Deporte y la Actividad Física
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»Artículo 131. Simultaneidad de sanciones
Vigente
Las sanciones de multa, pérdida del partido, descuento de puntos en la clasificación, pérdida de categoría o división y prohibición de acceso a los estadios o recintos deportivos pueden imponerse simultáneamente a cualquier otra sanción.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-03-2011 en vigor desde 25-03-2011