Articulo 131 Cooperativas de Cataluña
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»Artículo 131. Naturaleza y legislación aplicable.
Vigente
Las federaciones y la Confederación tienen personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, y han de regirse por las disposiciones de la presente Ley en todo aquello que les sea de aplicación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-07-2002 en vigor desde 17-10-2002