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Articulo 131 Actividad Física y Deporte de La Mancha

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Artículo 131. Procedimientos.

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El Comité de Justicia Deportiva de Castilla-La Mancha actuará a través de los siguientes procedimientos, cuya concreción se determinará reglamentariamente.

1. Procedimiento para la emisión de informes.

2. Procedimiento sancionador.

3. Procedimiento en vía de recurso contra resoluciones en materia de disciplina deportiva relativa a infracciones de las reglas del juego y la competición.

4. Procedimientos en vía de recurso contra resoluciones en materia de disciplina deportiva relativa a infracciones a la convivencia deportiva.

5. Procedimientos en vía de recurso contra la actividad de las federaciones deportivas de Castilla-La Mancha en el ejercicio de las funciones públicas delegadas.

6. Procedimientos de reclamación contra las resoluciones dictadas por las juntas electorales de las federaciones deportivas de Castilla-La Mancha.

7. Procedimientos en vía de recurso contra el reglamento electoral y la convocatoria de proceso electoral de las federaciones deportivas de Castilla-La Mancha.

8. Procedimientos de arbitraje y resolución extrajudicial de conflictos.