Articulo 131 Actividad fí... I Balears

Articulo 131 Actividad física y deporte de I. Balears

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 131. Violencia derivada de los acontecimientos y de las competiciones deportivas

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. Los acontecimientos deportivos tienen la consideración de espectáculos públicos y les es aplicable lo establecido en esta ley, en la normativa vigente en materia de espectáculos públicos y en la normativa contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.

2. El Gobierno de las Illes Balears actuará para prevenir todo tipo de acciones y manifestaciones de violencia, racismo, xenofobia e intolerancia o manifestaciones contra la dignidad de la mujer, que tengan su origen en actividades y competiciones deportivas en el ámbito de la comunidad autónoma de les Illes Balears, y fomentará la educación en valores deportivos.

3. Para prevenir y proteger de posibles situaciones de violencia sobre la infancia y la adolescencia, las administraciones deportivas regularán protocolos de actuación que recogerán las actuaciones necesarias para establecer un entorno seguro en el ámbito deportivo.

Estos protocolos tendrán que ser aplicados en todos los centros que realicen actividades deportivas, tanto de titularidad pública como privada y, en todo caso, en las federaciones deportivas y en los centros de alto rendimiento y tecnificación deportiva.

Asimismo, en cuanto a las entidades que realicen actividades deportivas con personas menores de edad de forma habitual, també estarán obligadas a aplicar los citados protocolos de actuación y el resto de las exigencias que se determinan en la legislación de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

4. Esta ley no menoscaba ni limita el ejercicio competencial de la Administración General del Estado de sus actuaciones en materia de protección de la seguridad ciudadana y el ejercicio de las libertades públicas, y también de todas las materias que sean competencia exclusiva del Estado.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-02-2023 en vigor desde 03-03-2023