Articulo 130 Servicios sociales de I. Balears
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»Artículo 130 Sanciones administrativas
Vigente
Las infracciones establecidas en el capítulo anterior dan lugar a la imposición de las sanciones siguientes:
a) Infracciones leves: amonestación por escrito o multa de hasta 12.000 euros.
b) Infracciones graves: multa de 12.001 euros a 60.000 euros.
c) Infracciones muy graves: multa de 60.001 euros a 600.000 euros.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-06-2009 en vigor desde 18-08-2009