Articulo 130 Servicios sociales de I Balears
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Artículo 130 Sanciones administrativas

Vigente

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Las infracciones establecidas en el capítulo anterior dan lugar a la imposición de las sanciones siguientes:

a) Infracciones leves: amonestación por escrito o multa de hasta 12.000 euros.

b) Infracciones graves: multa de 12.001 euros a 60.000 euros.

c) Infracciones muy graves: multa de 60.001 euros a 600.000 euros.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-06-2009 en vigor desde 18-08-2009