Articulo 130 Actividad física y deporte de I. Balears
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»Artículo 130. Composición, funciones y funcionamiento
Vigente
La composición, las funciones y el funcionamiento de la Comisión de Medicina Deportiva de las Illes Balears se tienen que determinar por reglamento y tienen que tener en cuenta la verificación y el tratamiento de los deportistas de alto nivel y de alto rendimiento de las Illes Balears.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-02-2023 en vigor desde 03-03-2023